sábado, 7 de marzo de 2009

Prólogo casi innecesario a "Palomo con arroz, un cuento políticamente correcto"


La Constitución Española de 1978, en su Título I, capítulo segundo, sección primera (“De los derechos fundamentales y de las libertades públicas”), establece en el artículo 20 lo que sigue:

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su limite en el respeto a los derechos reconocidos en este Titulo, en los preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.


5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

El relato que les ofrezco a continuación es completamente de ficción, y su argumento no guarda ningún tipo de analogía con ningún suceso que haya acontecido en la realidad. Por tanto, todo parecido con la realidad será mera coincidencia.

No obstante, y temiendo que haya quien me quiera buscar las cosquillas, le desafío a que responda, a la vista de mi relato, estas preguntas desde un punto de vista estrictamente procesal:

1. ¿Dónde se menciona nombre de pueblo alguno?
2. ¿Dónde se menciona el nombre de la residencia de ancianos referida?
3. ¿Dónde se mencionan nombres y apellidos de los personajes, junto con sus correspondientes filiaciones?
4. ¿Dónde se amenaza o se injuria a alguna persona física o jurídica en concreto y se falta a cualquiera de los derechos reconocidos en la Constitución Española de 1978?
5. Por último, ¿las metáforas y comparaciones se pueden considerar insultos desde una visión estrictamente literaria?

Quien sea capaz de responder estas preguntas afirmativamente, a la vista de mi relato, le advierto de su posible falta de inteligencia.

Con todo y con eso, teniendo en cuenta que hay de todo en la viña del Señor, advierto que estoy dispuesto a enfrentarme a todo tipo de acciones en defensa de mi derecho a la creación literaria y a la libertad de expresión. Quien emprenda contra mí alguna acción apresurada, que sepa que no le va a resultar gratis. Estoy dispuesto a conceder toda publicidad al caso y cuestiones anejas, a escribir todas las cartas que sean necesarias (empezando por el Defensor del Pueblo), a alertar a los medios de comunicación de masas y a emprender las acciones legales que estime pertinentes.

En circunstancias normales, no sería necesario incluir este prólogo. Pero siempre es bueno curarse en salud.

En todo caso, el viejo refrán dice: “Quien se pica, ajos come” (aunque aquí son pocos los ajos que se van a comer).

El jardinero de las nubes.

3 comentarios:

judith dijo...

Caramba que inicio!! Pero me imagino que no es necesario. Yo por mi parte estoy esperando que inicies tu relato para disfrutar de la historia.muchos abrazos desde venezuela. judith

Anónimo dijo...

Estamos expectantes, es como aquel anuncio que decía: "traerá cola". Un cordial saludo amigo. I.Cano

Anónimo dijo...

Este prólogo, con o sin ajos, es un plato suculento que nos abre el apetito a devorar (leer) la historia.
Asi que estaré a la espera.
Un fuerte abrazo.